El arraigo social es una de las formas de regularización de la situación administrativa de extranjeros en España. Es una autorización de residencia que se concede a aquellas personas extranjeras que se encuentran en España de manera irregular, pero que tienen vínculos sociales y laborales en el país. A continuación, te detallo el procedimiento para solicitar el arraigo social en España.

Requisitos para el arraigo social

Para poder solicitar el arraigo social, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Permanencia en España:
    • Haber residido en España de manera continua e irregular durante un período mínimo de 3 años.
    • Este tiempo de permanencia puede incluir el tiempo que hayas estado trabajando de manera irregular o sin la debida documentación.
  2. Vínculos familiares o laborales:
    • Debes acreditar que tienes lazos sociales en España, lo que generalmente se demuestra mediante contratos de trabajo, familiares o informes de arraigo (documentos que demuestran tu integración en la sociedad española).
  3. Contrato de trabajo:
    • Es necesario presentar un contrato de trabajo por un período mínimo de 1 año.
    • El contrato debe estar firmado por un empleador que demuestre que puedes cumplir con las condiciones laborales exigidas por la ley (el salario debe ser acorde con el salario mínimo interprofesional o el establecido para el puesto).
  4. No tener antecedentes penales:
    • No debes tener antecedentes penales ni en España ni en tu país de origen por delitos que sean punibles en España.
  5. No estar sujeto a una orden de expulsión:
    • No debes tener ninguna orden de expulsión pendiente en tu contra.
  6. Acreditación de la residencia en España:
    • Debes aportar pruebas de que has residido en España durante el tiempo requerido (facturas, empadronamientos, informes sociales, etc.).

Documentación necesaria para la solicitud de arraigo social

Para presentar la solicitud de arraigo social, deberás preparar la siguiente documentación:

  1. Formulario de solicitud:
    • El formulario EX-10 es el formulario oficial para la solicitud de arraigo social. Este formulario se puede descargar desde la página web de la Oficina de Extranjería.
  2. Pasaporte o documento de identidad:
    • Aportar una copia del pasaporte o documento equivalente de tu país de origen, con las hojas que contengan los datos personales y los sellos de entrada al país.
  3. Pruebas de residencia:
    • Certificado de empadronamiento que demuestre tu residencia en España durante al menos tres años.
    • Cualquier otro documento que acredite tu residencia, como facturas a tu nombre, contratos de alquiler, etc.
  4. Contrato de trabajo:
    • Copia del contrato de trabajo en vigor por un período mínimo de un año. Este contrato debe estar firmado por un empleador que cumpla con las condiciones establecidas por la ley (salario, seguridad social, etc.).
  5. Informe de integración social (si es necesario):
    • En algunos casos, será necesario presentar un informe de integración social, que puede ser emitido por los servicios sociales o una entidad que colabore con los servicios públicos en España.
  6. Certificado de antecedentes penales:
    • Certificado de antecedentes penales de tu país de origen, y si has residido en otros países, de los países en los que hayas vivido en los últimos 5 años.
    • Si no has tenido antecedentes penales en tu país de origen, también puedes aportar un certificado de no antecedentes penales en España (si ya has residido aquí anteriormente).
  7. Otros documentos (si son solicitados):
    • Dependiendo de tu caso particular, puede que te pidan otros documentos adicionales que demuestren tu situación o tu integración en la sociedad española.

Procedimiento de solicitud

  1. Presentación de la solicitud:
    • La solicitud se presenta en la Oficina de Extranjería correspondiente al lugar de tu residencia en España.
    • En algunas comunidades autónomas también se puede presentar la solicitud en la comisaría de policía si así lo indican las autoridades locales.
    • Se presenta de manera presencial o online a través de la sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, si tienes un certificado digital.
  2. Pago de tasas:
    • La solicitud de arraigo social tiene una tasa administrativa que debe pagarse en el momento de la presentación. La tasa puede variar según las modificaciones que se realicen en la legislación, pero normalmente está alrededor de los 15 a 20 euros.
  3. Examen de la solicitud:
    • Una vez presentada la solicitud, la Oficina de Extranjería examina si cumples con todos los requisitos legales para la concesión del arraigo social.
    • Si la documentación está completa y cumple los requisitos, se te concederá un período de residencia de 1 año. Si no cumples con algún requisito, se puede denegar la solicitud, y tendrás derecho a presentar recursos administrativos o incluso una demanda judicial en caso de denegación injustificada.
  4. Resolución:
    • El proceso de resolución suele tardar entre 2 a 6 meses. En algunos casos puede ser más rápido, pero depende de la carga de trabajo de la oficina de extranjería y la complejidad del caso.
    • Si se te concede el arraigo social, recibirás una tarjeta de identidad de extranjero (TIE), que es un permiso de residencia de 1 año. Este permiso puede renovarse si se siguen cumpliendo los requisitos establecidos.

Posibles problemas o denegaciones

En algunos casos, las solicitudes de arraigo social pueden ser denegadas por diversas razones, como por ejemplo:

  • No cumplir con los requisitos de permanencia en España durante los 3 años.
  • No contar con un contrato de trabajo en vigor.
  • No haber demostrado los lazos sociales suficientes en España.
  • Antecedentes penales o una orden de expulsión pendiente.

Si tu solicitud es denegada, puedes:

  • Presentar un recurso administrativo para impugnar la decisión.
  • En caso de que el recurso sea igualmente denegado, podrías recurrir a la vía judicial para defender tu derecho.

Renovación del arraigo social

Una vez que hayas obtenido el permiso de residencia por arraigo social (generalmente por 1 año), puedes solicitar su renovación en el momento en que se acerque su vencimiento, siempre que sigas cumpliendo con los requisitos y condiciones necesarias, como tener empleo, no tener antecedentes penales, etc.


Resumen del procedimiento para solicitar el arraigo social:

  1. Cumplir los requisitos: Tres años de residencia irregular en España, tener un contrato de trabajo, carecer de antecedentes penales y no estar bajo orden de expulsión.
  2. Reunir la documentación necesaria: Formulario EX-10, pasaporte, pruebas de residencia, contrato de trabajo, antecedentes penales, etc.
  3. Presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería o comisaría correspondiente.
  4. Pagar las tasas administrativas para el trámite.
  5. Esperar la resolución: El proceso puede durar de 2 a 6 meses.
  6. Recibir la resolución: Si es favorable, obtendrás la tarjeta de residencia de 1 año.

Es importante tener en cuenta que este procedimiento puede variar según la comunidad autónoma y las circunstancias particulares de cada solicitante, por lo que siempre es recomendable consultar con un abogado especializado en extranjería para obtener asesoría personalizada.


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